DATOS DEL EVENTO

  • EMPIEZA
    12-12-1996
  • TERMINA
    01-01-1970

INTERVIENEN:

JUAN MANUEL LÓPEZ CARBAJO. Jefe de la Asesoría Tributaria de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda

ESTANISLAO RODRÍGUEZ-PONGA. Miembro del Consejo Directivo del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF)

FRANCISCO MENARGUES GARCÍA. Miembro de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. Presidente de la Comisión de Asesoramiento Fiscal

MODERA:

JOSÉ MARÍA PEREA. Periodista

EXPERTOS FISCALES CREEN QUE EL NUEVO RÉGIMEN PARA PLUSVALÍAS INCENTIVARÁ LAS INVERSIONES

R. A. FRAILE

Una baja recaudación tributaria que no superaba el 1 por ciento del IRPF y el hecho de que la fiscalidad de las plusvalías afectara a las decisiones de venta hacían necesario reformar el régimen que se estableció en 1991, según Estanislao Rodríguez-Ponga, tesorero de la Junta de Gobierno del Colegio de Economistas de Madrid. A su juicio el establecimiento de un tipo fijo de gravamen del 20 por ciento, en el anterior existían coeficientes reductores de la plusvalía en función del tiempo transcurrido, «desincentiva el uso de posibilidades fiscales alternativas».

Rodríguez-Ponga explicó en su intervención el cálculo de las plusvalías que se establece para las que se generan a partir del 9 de junio pasado, fecha en la que entró en vigor el Decreto que modifica la ley de 1991, así como la compensación -dependiendo de si éstas son plusvalías regulares o irregulares y dentro de éstas últimas si se han generado en un año, entre uno y dos años y más de dos años- y el tipo de gravamen.

Por su parte, Juan Manuel López Carbajo, jefe de la Asesoría Tributaria de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, achacó al antiguo régimen fiscal que «desmotivaba la inversión de capitales» mientras que con la reforma se corrige la inflación y se tributa a un tipo fijo trascurridos dos años desde la inversión.

López Carbajo centró su intervención en explicar los elementos que concurren en el régimen transitorio que se ha establecido para «no romper las expectativas de las personas que hubieran invertido antes de junio del 96».

Las diferencias en este régimen transitorio están, dijo, en si se vende durante el 96 o a partir del 97. Todas las ventas que se produzcan en el 96 tendrán coeficientes de reducción excepto en aquellos casos en los que no hayan transcurrido dos años desde la compra y también coeficientes de actualización de la inflación.

Sin embargo, aclaró que a pesar de que confluyen los dos criterios: actualización y coeficientes de reducción, el objetivo es hacerlos incompatibles para no duplicar los beneficios. Asimismo insistió en que la finalidad del nuevo régimen fiscal para las plusvalías persigue que la gente pueda desinvertir sin un elevado coste fiscal.

El presidente de la Comisión de Asesoramiento Fiscal del Colegio de Economistas de Alicante, Franscico Menargues fue el encargado de introducir el debate.

Datos informativos

Fecha inicio : 12-12-1996

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